La Ley para la Recuperación y Conservación
de Recursos o RCRA (pronunciado "rick-rah") dio a la EPA la
autoridad para regular los desechos peligrosos de su punto de
generación a su destinación final ("cuna-a-tumba").
El objetivo de esta ley es asegurarse de que los desechos
peligrosos, estén manejados siempre de una manera que
proteja la salud humana y el ambiente. Estas regulaciones:
definen que los desechos sólidos son
peligrosos, y
establecen las reglas para tres categorías
de los comerciantes de los desechos peligrosos:
generadores (incluyendo importadores),
transportadores, y
instalaciones de tratamiento, almacenaje
y de disposición (TSDFs)
Regulaciones Estatales
La mayoría de los estados (incluyendo
Arizona, California, Nuevo México, y Texas) tienen sus
propias versiones de las regulaciones de desechos peligrosos
de RCRA, que se basan en las reglas federales. En algunos estados,
los requisitos son iguales que los estándares federales.
Otros estados han desarrollado requisitos más rigurosos
que el programa federal. Si los desechos entran a los
Estados Unidos por un estado y se transportan a un estado diferente
para la disposición, entonces, dependiendo de su papel,
usted puede necesitar investigar las reglas para más
de un estado.
Números de Identificación
de EPA
Todas las personas que importan, generan,
transportan, tratan, almacenan, o disponen de desechos peligrosos
se requieren bajo RCRA y regulaciones relacionadas del estado
a:
notificar a la EPA y su estado de sus actividades
de los desechos peligrosos y
obtener un número de identificación
de EPA (ID)
En Arizona, California, Nuevo México,
y Texas esto se logra a través de su agencia de medio
ambient del estado.
Manifiestos
Un manifiesto de desechospeligrosos debe acompañar a todos los desechos
peligrosos que se importen a partir del tiempo que entren a
los Estados Unidos hasta que lleguen a su destinación
final. El manifiesto es una forma de partes múltiples
diseñada para seguir los desechos peligrosos de la generación
a la disposición (cuna a tumba). El importador es responsable
de preparar y de firmar el manifiesto antes de que los desechos
se transporten a los EE.UU. El transportador y el TSDF también
firman el manifiesto. Cada comerciante de los desechos debe
conservar las copias de los formularios por lo menos tres años.
Importador
Los desechos generados en otro país,
tal como México, no se pueden seguir por la EPA o una
agencia estatal hasta que entran a los EE.UU. Por lo
tanto, para los propósitos reguladores, la EPA considera
al importador de los desechos come ser el "generador".
Esto es importante porque el importador debe resolver
todas las reglas aplicables a los generadores de los desechos.
EPA no define definitivamente quién
es el importador. Puede ser cualquier persona o grupo, que ayudo
arreglar la importación (e.g. el corredor aduanal, el
transportista, la instalación de disposición,
la compañía matriz, etc.). En los casos
donde más de un partido se podría definir como
el importador, la EPA recomienda que los partidos implicados
decidan entre sí mismos quien actuara como el importador.
Las responsabilidades del importador incluyen:
adquirir un número de identificación
de EPA,
preparar los manifiestos de los desechos peligrosos
que permanecen con los desechos a partir del tiempo que entren a los
Estados Unidos hasta que se disponen seguramente,
asegurar que los desechos lleguen a su destinación
final, y
divulgación y mantenimiento de registros.
Transportistas
Si usted transporta los desechos peligrosos
más allá de la yarda aduanal, entonces
usted debe:
tener un número de identificación
de la EPA,
firmar el manifiesto,
tomar la acción apropiada y divulgar
cualquier derramamiento o accidente que ocurra en ruta, y
conservar las copias de manifiestos por lo
menos tres años.
Note que si el transportista que llevó a
los desechos a través de la frontera no transportó los
desechos más allá de la yarda aduanal, entonces ese transportista
no necesita ser identificado en el manifiesto.
Almacenes
Algunos desechos peligrosos importados de
México se almacenan temporalmente en los almacenes de
los Estados Unidos antes de ser transportados a una instalación
de disposición. La EPA considera un almacén ser
una "instalación de transferencia." Los desechos peligrosos
se pueden almacenar en una instalación de transferencia
por un máximo de 10 días. Para que
una instalación almacene los desechos por más
de 10 días requiere un permiso RCRA de instalaciones
de tratamiento/almacenaje/ y disposición (TSDF).
Sus Responsabilidades
La información en esta pagina es
solamente un resumen de las regulaciones de los desechos peligrosos.
Dependiendo de su papel, hay varias fuentes de información
de los desechos peligrosos en El Centro Fronterizo a que usted
deseará tener acceso: