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Instrucciones para el Generador en la Exportación de Residuos Peligrosos .

La información proporcionada aquí es una descripción general de las responsabilidades para exportar residuos peligrosos a los Estados Unidos, para la recuperación o la disposición.

En los Estados Unidos, los residuos peligrosos sólo pueden ser importados, transportados y dispuestos por compañías que están registradas con la Agencia de Protección del Medio Ambiente (EPA) de los EE.UU. Cuando una compañía de los EE.UU. está registrada para importar, transportar o disponer desechos peligrosos, recibe un número de identificación de la EPA. Se recomienda que se verifique dicho número, para asegurar que se encuentra registrada.

En México, por ley el generador de residuos peligrosos es responsable del manejo y disposición final de los mismos. En caso de que contrate los servicios de una empresa para su manejo y/o disposición, el generador deberá cerciorarse que la misma cuenta con las autorizaciones correspondientes de la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) .

Legislaci ón Aplicable:
El generador, exportador y gestor de residuos peligrosos que desea exportar materiales a Estados Unidos debe cumplir con la siguiente Legislación Mexicana:

Autorización para la Exportación de Materiales y Residuos Peligrosos
Las personas físicas o morales generadores o prestadores de servicio que pretendan re alizar exportaciones de resid uos peligrosos para su tratamiento o disposici ón final deberán contar con esta autorizaci ón por parte de SEMARNAT .
 
El procedimiento para obtener la autorizaci ón de exportación de residuos peligrosos, tiene dos modalidades: uno para exportadores por primera ocasión y el segundo cuando son trámites subsecuentes.
 
Requisitos:
Los siguientes requisitos los debe de presentar el exportador en la Ventanilla Única de Trámites del Centro Integral de Servicios (CIS) en la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT ), antes de realizar el envío:

1. Presentar la hoja general de registro .Para trámites por primera vez se deben incluir los siguientes anexos:

  • Original del pago de derechos correspondiente del alta en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
  • Documento probatorio de la actividad.
  • Croquis de localización.
  • Carta poder del gestor o promovente en hoja membretada de la empresa o poder notarial del representante legal si es este quien físicamente realiza el trámite.

2. Entregar el manifiesto para la exportación de residuos peligrosos . Se considera la presentación del manifiesto como la solicitud de autorización para la exportación de residuos peligrosos :

  • Debe estar firmado en original.
  • Un manifiesto para cada tipo de residuo peligroso y por cada lugar de almacenamiento desde donde saldrán los residuos peligrosos.
  • Se presenta para trámite por primera vez y subsecuentes.

3. Comprobante de domicilio de la empresa exportadora:

  • Debe ser legible.
  • Se presenta para trámites por primera vez.
  • Para trámites subsecuentes deberá presentarse cuando cambie el sitio de donde saldrán los residuos o cambie el generador de los mismos. Además cuando el exportador cambie de domicilio o de razón social.

4. Croquis de localización de la empresa en donde se encuentran almacenados los residuos, dibujando calles, colindancias y lugar en el predio:

  • Debe ser legible.
  • Se presenta para trámites por primera vez.
  • Para veces subsecuentes cuando cambie el sitio de donde saldrán los residuos o cambie el generador de los mismos.

5. Croquis de la ruta a seguir desde el punto de carga hasta la Aduana de salida (terrestre o marítima), indicando las principales poblaciones por donde pasará el embarque:

  • Debe ser legible.
  • Se presenta para trámites por primera vez.
  • Para veces subsecuentes cuando la ruta de transporte o la aduana de salida cambie.

6. Seguro vigente del transportista de responsabilidad civil, por daños a terceros y al ambiente ocasionados durante el transporte, en caso de que la empresa cuente con un seguro similar, éste podrá ser tomado como válido por la SEMARNAT, para acreditar la obligación:

  • Copia del seguro.
  • Comúnmente es para cada unidad de transporte.
  • Debe estar a nombre de la empresa transportista o presentar el nombre de la empresa exportadora.
  • Cuando la copia del seguro que se encuentra en el expediente de la empresa haya expirado, se debe contar con una copia completa del nuevo seguro.
  • Para primera vez.
  • Para trámites subsecuentes cuando se desea hacer cambio de empresa transportista o incluir un transportista más en la autorización.

7. Programa de atención a emergencias para casos de derrame durante la carga, tránsito y descarga y por siniestro:

  • Se presenta para trámites por primera vez.

8. Formatos de Notificación de la OCDE y/o Convenio de Basilea, proporcionados por la SEMARNAT:

  • Se presenta para trámites por primera vez.
  • Para veces subsecuentes cuando ya no cuente con consentimiento del país de importación, haya expirado la vigencia o se haya llegado al límite de residuos peligrosos a exportar.

9. Carta de aceptación de los residuos por parte de la empresa importadora:

  • Se presenta para trámites por primera vez.
  • Para veces subsecuentes cuando se cambie de instalaciones que recibirán los residuos peligrosos en el extranjero.

10. Fianza para garantizar el cumplimiento de la autorización por un valor de $2,500 M.N. por tonelada de residuo a exportar (esta información se actualiza anualmente):

  • Para primera vez, entrega el original.
  • Para veces subsecuentes debe entregarse copia cuando este siga vigente. Si la fianza ya no esta vigente debe entregarse una fianza nueva original o prórroga en original.

11. Original del pago de derechos correspondiente:

Trámite administrativo:

  • Una vez recibida la solicitud, la SEMARNAT tiene un plazo máximo de 2días hábiles para requerirle al particular la informaci ón faltante .
  • El particular tendrá un plazo de quince días hábiles para presentar la información faltante. Transcurrido el plazo sin que se desahogue la prevención, SEMARNAT tendrá por no presentada la solicitud.
  • SEMARNAT emitirá resolución dentro de un plazo máximo de 5días hábiles siguientes a la recepción del consentimiento del país receptor .
  • Si al término del plazo máximo de respuesta ,SEMARNAT no ha respondido se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido negativo.
  • Únicamente se autoriza la exportación de residuos peligrosos cuando se cuenta con el consentimiento escrito del país de destino y transito involucrados en el movimiento transfronterizo.
  • La vigencia de la autorización será de 90 días naturales.
  • Todos los anexos se deben de actualizar en forma anual.
  • Cuando la SEMARNAT aprueba el embarque, proporcionará al interesado una autorización indicando la cantidad, características del residuo, ruta de salida, aduana o aduanas por donde se exportarán los mismos.

Fuente de informaci ón y consulta:

Otras actividades a realizar por el exportador:

Contactar una instalación de los EE.UU de tratamiento, almacenamiento / disposición (TSDF) para recibir los desechos peligrosos. La TSDF debe tener un número de identificación de la EPA y debe ser capaz de manejar el tipo del desecho que se envía. No todas las instalaciones de TSDF manejan toda clase de desechos. La TSDF debe proporcionar la notificación a la EPA de los EE.UU por escrito cuatro semanas en el avance del embarque esperado para todos los desechos peligrosos importados.
 
Transportar los desechos a la frontera para importarlos a Estados Unidos. Hay varias reglas que deben cumplir los transportistas en ambos lados de la frontera y los importadores.
 
Proporcionar información de los residuos al importador, ya que debe de llenar el Manifiesto Uniforme de Desechos Peligrosos ( Uniform Hazardous Waste Manifest ) y la descripción de los desechos para el Department of Transport (DOT) de los EE.UU., los contenedores, la cantidad a importar, etc. (Mayor información sobre este manifiesto en)

Una vez que los desechos son enviados el generador mexicano debe notificar a la SEMARNAT la fecha verdadera del embarque.